Esto es lo que dura un proceso en embargo en Colombia
Esto es todo lo que debe tener en cuenta a la hora de un proceso de este tipo.

Noticias RCN
12:00 p. m.
Un embargo es una medida cautelar que busca asegurar el cumplimiento de una obligación dineraria. Se decreta dentro de un proceso ejecutivo, que es la vía judicial para hacer valer un título que contiene una deuda clara y exigible, como una letra de cambio, un pagaré, un cheque o una sentencia judicial.
Desde el momento en que se presenta la demanda ejecutiva, se inician una serie de etapas que, en su conjunto, determinarán la duración del proceso.
Sin embargo, la pregunta que a menudo ronda la mente de deudores y acreedores por igual es: ¿cuánto tiempo puede durar realmente un proceso de embargo en Colombia? La respuesta, lejos de ser sencilla, se desenvuelve en un laberinto de factores jurídicos, procesales y istrativos que pueden extenderse por meses, e incluso años.
¿Cuánto dura un proceso de embargo en Colombia?
Una vez radicada ante el juez competente, este debe realizar un estudio de isibilidad. Si la demanda cumple con todos los requisitos formales y el título ejecutivo es válido, el juez profiere el mandamiento de pago. Esta primera fase, que incluye el estudio de la demanda y la expedición del mandamiento, puede tomar entre dos semanas y dos meses, dependiendo de la carga laboral del juzgado.
Tras la expedición del mandamiento de pago, el deudor debe ser notificado. Este es un punto crítico en el proceso. Si la notificación es personal, puede ser relativamente rápida si se localiza al deudor. Sin embargo, si el deudor no es encontrado, se recurrirá a la notificación por aviso o por edicto, lo que añade tiempo al proceso, pudiendo extenderse por uno a tres meses adicionales.
En algunos casos, cuando el deudor evade la notificación, esta etapa puede demorar incluso más.
Una vez notificado, el deudor tiene un plazo legal para pagar la deuda u oponer excepciones. Este plazo suele ser de cinco días hábiles. Si el deudor no paga ni presenta excepciones, el proceso avanza hacia la ejecución. Si presenta excepciones, se abre un incidente que debe ser resuelto por el juez, lo que puede sumar entre tres y seis meses adicionales al proceso, dependiendo de la complejidad de las excepciones y de la agenda del juzgado para fijar audiencias y proferir autos.
Si el deudor no paga o las excepciones son negadas, el juez procede con el avalúo y remate de los bienes embargados. Para ello, es necesario que los bienes estén debidamente embargados y secuestrados (en el caso de bienes muebles). La identificación y avalúo de los bienes (muebles e inmuebles) por parte de peritos puede tomar entre dos y seis meses, dependiendo de la naturaleza y cantidad de los bienes.
Posteriormente, se fija la fecha para la diligencia de remate. Esta etapa, desde la fijación de la fecha hasta la realización efectiva de la subasta y la adjudicación de los bienes al mejor postor, puede variar entre uno y tres meses. Tras el remate, el dinero obtenido se utiliza para pagar la deuda al acreedor.
Tipos de embargo en Colombia
En el país existen dos tipos de embargo:
- Embargo preventivo: se aplica antes de que el juez tome una decisión definitiva. Es una medida cautelar previa a la notificación del proceso.
- Embargo ejecutivo: se ejecuta después de que el juez ha emitido una decisión judicial definitiva.